(noticiasjosebaez) LA ROMANA, Tras ser recusado por el ministerio público, el juez de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana, Francisco Domínguez, suspendió el conocimiento del recurso de hábeas corpus que conocía ayer a los cinco venezolanos involucrados en el alijo de 359 kilos de cocaína traída en un avión desde Venezuela.
El conocimiento del recurso, interpuesto por los abogados de los extranjeros, pasa ahora a la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís, que decidirá sobre la solicitud del ministerio público de inhabilitar al juez, elevada por Yaniris Rodríguez Cedeño, procuradora fiscal de La Romana.
Con esto se pretende una revisión de lo ocurrido en el caso de narcotráfico, lo que implicaría que los jueces de la Corte de Apelación revisen el expediente y regularicen con prisión preventiva a los imputados, que es la pretensión del ministerio público.
La recusación, que se conocía en una audiencia atestada de público en el Palacio de Justicia local, duró pocos minutos, debido a que el magistrado “estaba tomando acción que afecta la litigación del proceso y no nos dejaba hablar, ni motivar nuestros planteamientos”, dijo la fiscal.
El recurso de hábeas corpus, a requerimiento de los abogados Valentín Medrano y Dionisio Báez, fue sometido en favor de los imputados Carlos Justiniano, Jorge Henríquez, Gregory Frías, Gerardo Díaz y el chofer Jean Carlos Díaz, quien condujo el vehículo abordado por los extranjeros, llevados a la audiencia bajo estrictas medidas de seguridad.
Otro recurso
Con el interés de lograr la libertad de los detenidos, tras la decisión de la jueza Aristilda Mercedes, el pasado sábado, los abogados también intentan hoy otro recurso, vía el Juez de Instrucción, para que se revise la decisión de la magistrada interina del Tribunal del Tribunal de Atención Permanente que ordenó la libertad “pura y simple” de los venezolanos, aunque no se ha ejecutado.
Tan pronto terminó la audiencia, los abogados de la defensa, encabezados por Valentín Medrano, se quejaron al considerar un “desacato” el mantenimiento en prisión de sus defendidos y la nueva acción planteada por el ministerio público.
Sin embargo, la fiscal Yaniris Rodríguez manifestó que la recusación del magistrado se debió a que, según el artículo 381 del Código Procesal Penal, no procede el hábeas corpus, sino que se revise la decisión, un pedido que el juez dejó para último, cuando asegura que debió conocerlo en el momento.
El magistrado agregó que el juez fue “cerrado y tajante, no nos permitió expresarnos”. Dijo que tiene 72 horas para fundamentar su escrito y que frente al juez de instrucción también deberá demostrar la injustica del desacato.
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